La disputa entre ELA- COFINA

En agosto de 2017, el Tribunal del Título III inició el Procedimiento de Estipulación y Aprobación para Resolver la Disputa entre ELA-COFINA, la cual establece procedimientos para litigar y potencialmente resolver la disputa entre ELA-COFINA (respecto a la pregunta de si, después de considerar todas las defensas procesales y sustantivas y reconvenciones, incluyendo las cuestiones constitucionales, los impuestos sobre ventas y uso supuestamente garantizados por COFINA para garantizar la deuda (los “Impuestos sobre las Ventas Garantizados”) son propiedad del ELA o de COFINA bajo la ley aplicable).

Posteriormente, el Comité, actuando como Agente del ELA, presentó una demanda reclamando, entre otras cosas, que el ELA conservaba la titularidad de los ingresos futuros en concepto de impuestos sobre las ventas y el uso y, a partir del 21 de febrero del 2018, los Agentes (como también varias partes interventoras) presentaron sus respectivas mociones, oposiciones, objeciones y contestaciones a solicitudes de sentencia sumaria. El 10 de abril del 2018, el Tribunal escuchó argumentos orales sobre las mociones de sentencia sumaria y, al final de la vista, el Tribunal se reservó el fallo. El Tribunal no ha emitido resolución sobre estas mociones. Presione aquí para ver el expediente del litigio sobre la disputa entre ELA-COFINA.

El Acuerdo en Principio

El 5 de junio de 2018, el Agente del ELA y el Agente de COFINA ejecutaron un acuerdo en principio (el “Acuerdo en Principio”) para resolver la disputa entre ELA-COFINA y las cuestiones relacionadas que pudieran ser mediadas de conformidad con la orden de ampliación del alcance de la autoridad de mediación de los Agentes. El Acuerdo de Principio contemplaba, entre otras cosas, que (1) el 100% de los Impuestos sobre las Ventas Prometidos anterior al año fiscal 2019, que ya hubiesen sido recaudados, se asignarían a COFINA, y (2) para los años fiscales 2019 hasta el año fiscal 2058, el 53.65% de los Impuestos sobre las Ventas Garantizados serán asignados a COFINA y el 46.35% de los Impuestos sobre las Ventas Garantizados serán asignados al ELA. El Acuerdo de Principio estaba sujeto a varias condiciones precedentes y posteriores. En vista del Acuerdo de Principio, el Tribunal se reservó su decisión sobre las mociones de sentencia sumaria para dar a las partes una oportunidad de llegar a un acuerdo final.

El Acuerdo entre ELA-COFINA

En agosto de 2018, la Junta de Supervisión, COFINA, AAFAF, ciertos tenedores de bonos de COFINA y aseguradoras de bonos entraron en un acuerdo de apoyo con respecto a los términos para resolver la disputa entre ELA-COFINA, el cual fue sometido por la Junta de Supervisión para la aprobación del Tribunal a través de un plan de ajuste en el caso bajo Título III de COFINA y una moción conforme a la Regla 9019 de Quiebras en el caso bajo Título III del ELA. La Junta de Supervisión ha afirmado que su acuerdo está basado en la asignación de los Impuestos sobre las Ventas Garantizados establecidos en el Acuerdo en Principio. La moción del acuerdo de la Junta de Supervisión se puede acceder aquí, la Declaración de Divulgación de COFINA se puede acceder aquí, y el Plan de Ajuste para COFINA se puede acceder aquí.

La Postura del Agente del ELA respecto al acuerdo entre ELA-COFINA

Posterior a la ejecución del Acuerdo en Principio, la Junta de Supervisión certificó un plan fiscal revisado el 29 de junio del 2018, el cual contenía proyecciones revisadas respecto a los ingresos, gastos y capacidad de deuda. El Agente del ELA expresó la preocupación (incluso en múltiples mociones ante el Tribunal) de que dichas proyecciones revisadas afectaron la viabilidad del Acuerdo en Principio y el acuerdo de transacción propuesto por la Junta de Supervisión. El Agente del ELA también solicitó y obtuvo la aprobación de un calendario para la presentación de mociones con relación a la posible presentación por el Agente del ELA de una moción que cuestiona la autoridad de la Junta de Supervisión para solicitar la aprobación del acuerdo transaccional.

El 23 de octubre del 2018, la Junta de Supervisión certificó un plan fiscal revisado del ELA el cual refleja, entre otras cosas, (1) datos actualizados sobre el desempeño real del ELA durante el año fiscal 2018 y el recibo de fondos federales para desastres, y (2) un aumento a las proyecciones de flujo de caja por los próximos 40 años contenidas en el Plan Fiscal de junio. Subsecuentemente, el Agente del ELA y la Junta de Supervisión firmaron una estipulación en virtud de la cual el Agente del ELA acordó no oponerse a la moción del acuerdo presentada por la Junta de Supervisión o el plan de ajuste de COFINA, pero reservándose el derecho de presentar objeciones en caso de que, antes de la aprobación de la moción del acuerdo y la confirmación del plan de ajuste de COFINA, (i) la Junta de Supervisión certifique otro plan fiscal del ELA que reduce significativamente las proyecciones de 40 años de flujo de caja contenidas en el plan fiscal del ELA del 23 de octubre, o (ii) el acuerdo transaccional o el plan de ajuste de COFINA sean enmendados, modificados o suplementados de tal manera que cree un impacto económico negativo a los derechos e intereses del ELA.

La vista sobre la aprobación de la moción del acuerdo de transacción de la Junta de Supervisión y la confirmación del plan de ajuste de COFINA fue celebrada el 16 y 17 de enero del 2019. El 4 de febrero de 2019, el tribunal emitió órdenes aprobando el acuerdo ELA-COFINA y confirmando el plan de ajuste de COFINA. Oprima aquí para leer la decisión del tribunal que apruebe el plan de COFINA.